Recomendaciones COVID-19

En la capital de Tenerife estamos preparados con todas las medidas de seguridad para recibir a quienes quieran conocer una capital diferente que concentra naturaleza, playa y compras.

Nueva Normalidad

En la capital de Tenerife reanudamos la nueva normalidad preparados para recibir a quienes quieran conocer una capital diferente que concentra naturaleza, playa y compras. 

Mientras estés con nosotros, la distancia específica que debes guardar es 1,5 metros, en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla de higiene adecuadas y etiqueta respiratoria. 

Te recomendamos que en todas tus salidas lleves gel hidroalcohólico y mascarilla con el fin de ser usados cuando las circunstancias lo aconsejen. Nuestra misión es proporcionar la máxima información posible acerca de la situación actual y darte la bienvenida a una capital que está llena de vida con un respeto máximo a las normas sanitarias que permiten un viaje seguro cuando estés con nosotros y nosotros.

Restaurantes

Cuando estés en un restaurante, las mesas así como en barra, entre clientes o grupos, deberán separarse también 1,5 metros y por seguridad no verás servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, primando dispositivos electrónicos y carteles, en lugar de cartas físicas. El cliente no puede ocupar una mesa sin que el personal del establecimiento lo acomode, después de proceder a la limpieza y desinfección de esta.

Comercios

En los comercios, exceptuando alimentación, bebidas, productos y bienes de  primera  necesidad, establecimientos farmacéuticos, servicios médicos o sanitarios entre otros, no podrá superarse el 75 por ciento del aforo autorizado o establecido.

Establecimientos Hoteleros

Cada establecimiento hotelero deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras para su realización conforme al aforo máximo previsto y de acuerdo con las medidas de higiene, protección y distancia mínima establecidas por lo que pregunta en origen por las mismas y consúltalas al llegar. Cuando te dirijas a realizar las actividades de animación o clases grupales en establecimientos turísticos de alojamiento puedes encontrarte algunos controles de aforos y deberás respetar la distancia mínima de seguridad entre personas, o utilizar mascarillas, en su defecto. Las actividades de animación o clases grupales se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de material.

Guías Turísticos

Si contratas la actividad de guía turístico debes saber que podrá realizarse para grupos de hasta un máximo de 25 personas, estableciéndose las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla. Durante el desarrollo de la actividad se debe evitar el tránsito por zonas o lugares susceptibles de generar aglomeraciones. Asimismo, no te podrán suministrar audioguías, folletos u otro material análogo.

Turismo Activo y de Naturaleza

Las actividades de turismo activo y de naturaleza, organizadas por empresas habilitadas como empresas de turismo activo, están permitidas por lo que deberás seguir las medidas dispuestas por la empresa para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad o, en su defecto, para la utilización de medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.

Actividades Culturales

En las actividades culturales en cines, teatros, auditorios y espacios similares, así como en recintos al aire libre, las butacas estarán preasignadas y distribuidas por núcleos de convivencia, asegurando que el público permanece sentado y se mantiene la distancia de seguridad interpersonal. Las visitas a museos y salas de exposiciones están permitidas, así como a las actividades culturales programadas, siempre y cuando los espacios permitan respetar la distancia de seguridad interpersonal entre las personas usuarias y/o se utilicen medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla

Deporte

La práctica de deporte o actividad física al aire libre puede llevarse a cabo individual o colectivamente, hasta un máximo de 30 personas simultáneamente, siempre que se mantenga la distancia de seguridad. En las instalaciones cerradas y centros deportivos, las actividades deportivas pueden realizarse en grupos de hasta 25 personas, asegurando que se mantiene la distancia de seguridad siempre que sea posible, priorizando la distancia frente a otras medidas y siempre que no excedan las dos terceras partes de la capacidad máxima permitida. Durante la realización de la actividad deportiva se mantendrá la distancia de seguridad.

Actividades de Ocio

Las actividades recreativas, de ocio y esparcimiento, incluidos los deportes, que se desarrollen esporádicamente y en lugares distintos a los establecimientos destinados al ejercicio habitual de dicha actividad y, en todo caso, las celebradas en instalaciones desmontables o a cielo abierto, podrán desarrollarse siempre que el público permanezca sentado o en sectores de grupos de hasta 15 personas de su entorno social o familiar sentado o de pie y que no supere el 75 por ciento del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas tratándose de actividades al aire libre. Deberán establecerse las medidas necesarias para garantizar una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros, así como el debido control para evitar aglomeraciones. Cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio y se utilizarán medidas alternativas de protección física con uso de mascarilla.

Playas

En nuestras playas puede haber limitaciones de acceso y aforo máximo en las playas y zonas de baño marítimo, a fin de facilitar el mantenimiento de la distancia interpersonal mínima 1,5 metros. Asimismo, podrán también establecerse condiciones y restricciones para acceso y permanencia, en función de la evolución de la situación de emergencia sanitaria. En nuestras piscinas naturales se establecerá y controlará el aforo de cada piscina a un número de usuarios por superficie de lámina de agua que permita el mantenimiento de las distancias de seguridad durante el baño. Asimismo, se permite el deporte en la playa de forma individual o por parejas y sin contacto físico. Las actividades acuáticas se desarrollarán en las condiciones normales establecidas por cada municipio, si bien los equipos deberán ser desinfectados al comienzo y al finalizar la actividad. Las motos acuáticas, hidropedales y otros elementos deportivos o de recreo deben ser limpiados y desinfectados antes de cada uso. Podrás usar dos hamacas, si están separadas metro y medio, como mínimo, del siguiente grupo o hamaca individual.

Ocio Nocturno

Los locales de discotecas y demás establecimientos de ocio nocturno los encontrarás abiertos exclusivamente para consumo sentado o de pie y siempre en reservados nominativos. En todo caso, el aforo en terrazas al aire libre será del 100% y discotecas y ocio nocturno en el interior de 70%, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas tratándose de actividades al aire libre, además habrá que mantener la distancia interpersonal o, en su defecto, el uso de mascarilla. El acceso a discotecas deberás realizarlo a través de entradas nominativas en reservados de grupos de hasta 8 personas, sentado o de pie, y el consumo será directamente servido en cada reservado. La pista de baile o similar podrá ser utilizada para instalar mesas o reservados, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.

Culto Religioso

Si acudes a lugares de culto religioso, deberás mantener la distancia de seguridad interpersonal entre los no convivientes en todo momento. En dicho espacio no podrá superar el 75 por ciento de su aforo, cuyo aforo máximo estará expuesto en un lugar visible.

Control de Temperatura

Podrá realizarse control de temperatura así como otro tipo de medida sanitaria, a la llegada o a la salida, según se trate de viajes procedentes de aeropuertos o puertos externos. al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, o de traslados interinsulares.